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Guatemalan Genocide Case before the Spanish Courts

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99% of the crimes committed during Guatemala's war have not been brought to justice. 
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> 2011 was the most violent year for human rights defenders in Guatemala since the end of the civil war. NISGUA's teams of on-the-ground international human rights monitors work to deter violence in communities, courtrooms and at public events.

 > Former dictator Efrain Rios Montt, who ruled during the bloodiest period of the war, is awaiting trial for genocide and crimes against humanity.  

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The Xalalá hydro-electric dam was rejected by 89% of participants in a local referendum because it could displace thousands of indigenous people and damage farmlands and forests. 

Almost 400 mining concessions have been granted to transnational gold, silver, nickel, and zinc companies in Guatemala, posing severe threats to rural communities' social and environmental well-being. 


Guatemalan Genocide Case before the Spanish Courts
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El fallo de la Corte de Constitucionalidad consolida la impunidad en Guatemala
Martha Fonseca
1/18/2008

El pasado 14 de diciembre 2007 se dio a conocer a traves de los medios de comunicacion el fallo dela Corte de Constitucionalidad (CC) guatemalteca, en el cual se decreto como nula la decision del juzgado penal quinto de Guatemala de detencion de los generales retirados Angel Anibal Guevara Rodriguez y Pedro Garcia Arredondo y se exigio la liberacion de los antes mencionados. Las detenciones de dichos generales fueron el seguimiento de tramites de extradicion judicial solicitadas por Espana con motivo de investigaciones por crimenes de derecho internacional cometidos por los ex militares, entre ellos, Jose Efrain Rios Montt ex presidente de Guatemala. Segun la corte, las extradiciones emitidas por Espana son nulas por provenir de un pais que no tiene jurisdiccion en Guatemala. 

Juristas expertos en materia penal, confirman que el fallo contiene una serie de arbitrariedades tanto legales, como juridicas, por no basarse en instrumentos legales, por violar y omitir convenciones y estatutos internacionales de las que Guatemala es parte, como son la Convencion para la Prevencion y Sancion del Delito de Genocidio y la Convencion contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, las cuales establecen el deber de los Estados de conceder la extradicion cuando se trata de crimenes de esta indole. 

Entre las arbitrariedades existentes en el fallo se observo ademas que la corte denego a Espana su competencia en el caso por genocidio, argumentando que el derecho de independencia y soberania de la justicia guatemalteca, estaban siendo violados por Espana al no tener este pais jurisdiccion en el caso. Ademas, aludio la corte, que Espana al estar presente como testigo en los acuerdos de paz, se considera ser parte del proceso de reconciliacion y por ende no puede ser parte de un proceso. La corte con esos argumentos tan contradictorios no tomo en cuenta que la jurisdiccion de Espana en este caso se ampara en el Principio de Jurisdiccion Universal. Dicho principio permite y obliga a los estados a actuar juridicamente contra otro estado donde se han cometido crimenes de caracter internacional, como la tortura, el genocidio y crimenes de guerra, independientemente que estos crimenes no hayan sido cometidos en su territorio, contra sus ciudadanos o contra de su estado. 

El Principio de Jurisdiccion Universal no reconoce territorio, ni inmunidades cuando se trata de procesar los crimenes anteriormente senalados, pues el genocidio y los crimenes de lesa humanidad son crimenes de gran magnitud y constituyen un peligro para todos los estados del mundo. De esa manera cabe destacar que dicho principio es un principio de gran fuerza juridica en el plano de Derecho Internacional. Este principio ya ha sido anteriormente aplicado en casos de genocidio como por ejemplo en el  caso de Espana contra ex militares argentinos. 

Por otro lado en el fallo de la CC se cambio el caracter de los crimenes cometidos por los ex militares, es decir que no se les da el perfil de crimenes de genocidio, sino de politicos comunes conexos. Lo cual la Corte utilizo como argumento para absolver a los ex militares aludiendo que los hechos que se les imputan a los procesados no tienen conexion con el tratado de extradicion entre Guatemala y Espana. En dicho tratado de Articulo III punto 41 y Articulo V dice que no habra extradicion por delitos politicos conexos. Indudablemente la Corte cambio el perfil del delito con la intension de anular las ordenes de detencion y extradicion, omitiendo una vez mas que el derecho internacional convencional y la practica internacional niegan terminantemente que los crimenes como los cometidos en Guatemala puedan revestirse como crimenes politicos. 

El fallo a pesar que consta de graves y evidentes arbitrariedades no es apelable, porque la Corte de Constitucionalidad es la ultima instancia judicial de apelacion en Guatemala. Dicha situacion complica el caso ya que lo retrasa. Sin embargo segun declaraciones de fuentes juridicas dadas a Prensa Libre el juez espanol Santiago Pedraz proseguira con la investigacion del caso, pues segun estos el fallo no afecta la causa iniciada en Espana, pues las ordenes de captura estan aun vigentes a nivel internacional. 

Segun una agrupacion de organizaciones guatemaltecas de derechos humanos, Genocidio Nunca Mas, el fallo es considerado una burla para la justicia y para los familiares de las victimas de las masacres ocurridas entre 1982-1983, periodo en el cual  estuvo al mando del pais el general Jose Efrain Rios Montt y en las cuales resultaron 250,000 personas asesinadas muertos y los 45,000 desaparecidos. A pesar de evidencias y testimonios existentes en el caso que incriminan a los procesados resuelve la corte la absolucion de estos. Dicha resolucion ha sido rechazada por diversos sectores de la sociedad guatemalteca, por grupos indigenas, por organizaciones de los derechos humanos nacionales e internacionales tales como el Centro para la Accion Legal en Derechos Humanos (CALDH), la Federacion Internacional de Derechos Humanos (FIDH) y La Iniciativa de Copenhague para Mexico, y America Central (CIFCA) y por los medios de comunicacion nacional e internacional por ser un fallo que, segun ellos, en vez de fortalecer la justicia y la democracia en el pais contribuye a consolidar uno de los problemas que mas azota al pueblo guatemalteco -  la impunidad. 

Definiciones juridicas

http://www.definicionlegal.com/definicionde/Jurisdiccion.htm

Articulos relacionados con el fallo de la Corte de Constitucionalidad guatemalteca:

http://www.lahora.com.gt/notasn.php?key=24458&fch=2008-01-16

http://www.prensalibre.com/pl/2007/diciembre/21/191127.html

http://www.prensalibre.com/pl/2007/diciembre/19/190938.html

http://www.prensalibre.com/pl/2007/diciembre/18/190810.html

http://www.lahora.com.gt/notasn.php?key=18793&fch=2008-01-12

Informacion sobre el Principio de Jurisdiccion Universal leer en:

http://www.bibliotecapenal.com/carmelo%20borrego%20tce.htm

http//eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=CELEX:32003D0335:SV:HTML

http://www.unhchr.ch/huridocda/huridoca.nsf/(Symbol)/E.CN.4.2003.NGO.9.Sp?Opendocument

http://www.granser.se/index.php?cat=45&fid=133

Sobre el tratado de extradicion entre Guatemala y Espana leer:

http://64.233.169.104/search?q=cache:d1WOWvp0KewJ:www.judicatura.com/Legislacion/1241.pdf+tratado+de+extradici%C3%B3n+entre+Guatemala+y+Espa%C3%B1a.&hl=es&ct=clnk&cd=3&gl=gt&client=firefox-a

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